Hace tiempo mientras realizaba una visita a una empresa en el Municipio de Pesquería, me llamó la atención los gritos de dos trabajadores en el estacionamiento del sitio: ¡Mátala, mátala!, ¡Se te va a ir!, ¡Ay, ay se me sube!

›› Raymundo Guerra.
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Ambos trataban de capturar una víbora de cascabel juvenil, sin tener los mínimos conocimientos para hacerlo, arriesgando sus vidas y por increíble que parezca, poniendo en riesgo su libertad.

Y es que esta especie se encuentra en la categoría de riesgo en la NOM-059-SEMARNAT- 2010, sujeta a protección especial, encuadrándose su sacrificio en el delito ambiental en el Código Penal Federal, que se persigue de oficio.

En Nuevo León y otros estados semidesérticos es común la presencia de estos y otros ejemplares de vida silvestre, con los que debemos aprender a convivir responsablemente, sin quebrantar las leyes ambientales.

Para darnos un ejemplo de lo que estos jóvenes estuvieron a punto de recibir les comento que el Artículo 420 del Código Penal Federal, establece que la pena puede ir de uno a nueve años de prisión y el equivalente de trescientos a tres mil días de multa, a quien ilícitamente dañe algún ejemplar de las especies de flora o fauna silvestre, terrestres o acuáticas.

Mientras que en la Ley General de Vida Silvestre nos habla de sanciones administrativas que pueden llegar hasta las 50 mil veces el salario mínimo vigentes al Distrito Federal, por infracciones al artículo 122 fracción III y IV, el equivalente a los 2 millones 800 mil pesos.

Usted seguramente se preguntará ¿Qué hacer entonces al tener un encuentro con la vida silvestre?
Existe un protocolo de seguridad especial que se activa por los departamentos de protección civil municipal, autoridad de primer contacto a la cual se le tiene que dar vista para que acuda a contener y capturar al ejemplar, por supuesto velando siempre por la integridad y protección de las personas.

Cuando se trata de especies peligrosas o como en este caso, adicionalmente protegidas de forma especial por las normas ambientales, la Dirección de Parques y Vida Silvestre debe actuar, dando aviso a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

Resulta de vital importancia que las empresas tomen medidas preventivas al respecto, capacitándose en materia de protección civil y por supuesto sobre medioambiente.

Si bien nuestro personal no participará nunca en la captura de los ejemplares, es importante que esté familiarizado con su entorno, que las brigadas de seguridad y medio ambiente establezcan un plan de contingencia y que de forma coordinada se comuniquen, para atender este tipo de casos cada vez más frecuentes, en una sociedad que por su crecimiento, invade continuamente los hábitats silvestres.

Para cualquier duda no deje de enviarme sus comentarios a rrayguerra@gmail.com, con gusto trataremos de ahondar más al respecto y de orientarlos para su toma de decisiones.

LIC. RAYMUNDO DE JESÚS GUERRA FLORES: Periodista, consultor, auditor interno ISO 14001. Ha dictado diversas conferencias sobre comunicación y medioambiente en universidades, empresas, dependencias federales y el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente PNUMA. Ha sido Jefe de Comunicación, Denuncias Ambientales y Participación Social de la PROFEPA y Asesor de la Comisión de Medio Ambiente del Congreso del Estado